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En el taxi, ¿cinturón si o no?
Con frecuencia cuando nos subimos a un taxi nos viene a la cabeza la misma pregunta ¿es obligatorio usar el cinturón de seguridad? ¿Por qué el taxista no lo lleva?
El Reglamento General de Circulación, en su artículo 119.2 exime del uso del cinturón de seguridad a los taxistas siempre que circulen por poblado. En consecuencia, sí deberán hacer uso del mismo cuando circulen por autovías, autopistas o carreteras.
Esta excepción se justifica por razones de seguridad, ya que el cinturón limita las posibilidades de reacción del taxista ante una eventual agresión física.
No obstante, el Reglamento de Circulación no exime del uso del cinturón a los pasajeros que viajan en taxis, y por tanto, será obligatorio su uso en iguales circunstancias que cuando se circula en un turismo convencional.
En cualquier caso, la multa por no llevar puesto el cinturón de seguridad es de carácter personal y se impondrá, directamente, a la persona que no haga uso del mismo.
Se trata de una infracción calificada, por la Ley General de Circulación, como grave y la multa que lleva aparejada es de 200.-€.
Para el caso que quien viaje sin cinturón sea menor de edad, en tanto que no tiene la capacidad de juicio suficiente, la ley responsabiliza al adulto que le acompaña, que es quien debe velar porque el niño utilice el cinturón de seguridad.
Por ello, es de suma importancia cumplir con la obligación de viajar haciendo uso del cinturón de seguridad y obligar a hacer uso del mismo a los menores de edad cuando viajan en nuestra compañía en un taxi público.